En 2020, enviamos nuestras observaciones en atención a la solicitud de Opinión Consultiva emitida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ante la consulta realizada por la República de Colombia relativa a la naturaleza, alcances y límites de la reelección presidencial indefinida, en el contexto del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
¿Qué se impugnó?
El acuerdo INE/CG138/2020, emitido por el Consejo General del INE, en el cual se aprobó la Convocatoria para la designación de consejeras y consejeros electorales locales –particularmente la relativa a las consejerías electorales del Instituto Electoral de la Ciudad de México–, porque en dicha convocatoria se establece como requisito para ocupar el cargo de consejero electoral «ser mexicano por nacimiento».
¿Qué buscamos?
Que se declare inconstitucional e inconvencional el inciso a) del numeral 2 del artículo 100 de la LGIPE, en el que se establece el requisito de ser ciudadano mexicano por nacimiento para ocupar una Consejería Electoral y la modificación de la Convocatoria para la selección y designación de Consejerías Electorales del IECM.
Caso resuelto en 2 instancias
En 2018 presentamos observaciones en la solicitud de Opinión Consultiva realizada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos relativa a la figura del juicio político o impeachment y su relación con los derechos político-electorales y de acceso a la justicia.
¿Qué se impugnó?
El artículo 100, párrafo 2, inciso a) de la LGIPE, el cual impedía el acceso al cargo de consejero electoral local a personas con doble nacionalidad, así como el acuerdo INE/CG652/2018, por el que se aprobaron las convocatorias para la designación de las y los consejeros electorales de diversos OPLE.
¿Qué buscamos?
Que se declare la inconstitucionalidad del inciso referido y se modifiquen las convocatorias para la designación de las y los consejeros electorales de diversos OPLE para permitir a las personas con una nacionalidad adicional a la mexicana integrar el consejo general de los OPLE.
¿Qué se impugnó?
El artículo 83, inciso a) de la LGIPE y el Programa de integración de las Mesas Directivas de Casilla (MDC) pues impedían que estas últimas fueran integradas por ciudadanas mexicanas/os con alguna nacionalidad adicional.
¿Qué buscamos?
Que se declare la inconstitucionalidad del inciso referido y se modifique el Programa de integración de las MDC para permitir a las personas con una nacionalidad adicional a la mexicana integrar dichos órganos electorales.
De esta resolución, se aprobó la Tesis aislada XIV-2017.